El gasto dominicano proviene de recursos fiscales para destinarlos a exenciones y exoneraciones que, en el presupuesto del próximo año 2025, se registra como partida de gasto tributario y refleja un aumento del 7% respecto a 2024, alcanzando RS$ 383.566,2 millones.
Este monto, que no es más que los recursos que el Gobierno deja de recibir y podría obtener de impuestos exentos para destinarlos a inversión pública, representa más del 4% del producto interno bruto (PIB) estimado para 2025.
En 2024, la estimación por este rubro fue de RD$358,573.1 millones, equivalente a RD$24,993.1 millones más para el próximo año. Sólo en el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) llega a casi el 3% del PBI.
Los impuestos incluidos son la renta, ITBIS, Impuesto a los Bienes Inmuebles, Impuesto Selectivo al Consumo, entre otros.
Según datos presupuestales, el 66.6%, equivalente a RD$255,542.2 millones, forman parte de la exención de impuestos directos, mientras que el 33.4% corresponde a impuestos indirectos.
el alquiler
En el caso del ISR (Impuesto a la Renta), las exclusiones salariales de las personas naturales se computan con base en la exención anual de RD$416,200, clasificadas en los tramos del 15%, 20% y 25% de los ingresos.
El Régimen de Simplificación Tributaria (RST) también incluye una exención basada en un porcentaje de los ingresos; así como impuestos a los hidrocarburos, a las importaciones y al 50% a los vehículos de energías no convencionales.
Se aplican otras exenciones a las asociaciones sin fines de lucro. También están exentos el salario de Navidad, las pensiones y el ISR para personas jurídicas o empresas de determinados sectores. Asimismo, transferencias al sector público y al sector privado.
Tema de discusión
El gasto tributario ha sido tema de debate en el país y la región de América Latina, así como de diversos estudios, porque muchos de sus rubros han sido considerados parte de la responsabilidad del Estado para contribuir a aliviar el desarrollo no sólo de los hogares. , sino más bien el desarrollo de sectores productivos y dinámicos de la economía, que creen empleo y promuevan las exportaciones.
Organizaciones internacionales como el Fondo Monetario Internacional se están sumando a la discusión.
Otras corrientes insisten en una reducción más drástica de esa fuente. Tal fue el caso de la propuesta de reforma tributaria abortada por el propio Gobierno, que eliminó exenciones y exenciones de distinta procedencia.
El salario de Navidad, que es un salario adicional en diciembre, que no está sujeto al pago del impuesto sobre la renta ni de las cotizaciones a la seguridad social, dice textualmente el presupuesto aprobado en su capítulo sobre el tema.
Mientras que el gasto tributario estimado para el año 2025 para las exenciones otorgadas a empresas acogidas a los regímenes de zona franca, turismo, cadena textil y energías renovables, se calcula a partir de las ganancias o beneficios que esperan recibir impuestos. Interno.
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Cinco figuras tributarias 2023
Al cierre de 2023, la capacidad recaudatoria del sistema tributario dominicano dependía en un 88,1% de cinco figuras tributarias: Impuesto a la Renta (35,2%); el ITBIS (34,6%); Impuestos a los Hidrocarburos (8,2%); el Arancel (5,2%); e Impuestos Selectivos a las Bebidas Alcohólicas y al Tabaco (4,8%).