En los 11 meses hasta 2024, unos 28 mil dos empleados han reportado accidentes de trabajo en el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril), de los cuales 11,454 ocurrieron en el camino a su lugar de trabajo y 418 relacionados.
Pero surgen preguntas: ¿qué se consideran accidentes en el viaje? ¿Serán sólo accidentes de tráfico? Aunque son mayoría, la normativa sobre accidentes en la carretera define claramente qué lesiones se incluyen, entre las que se encuentra incluso la mordedura de perro.
La normativa del Consejo Nacional de la Seguridad Social establece que accidente de trayecto es aquel que sufre un trabajador, durante el horario de trabajo, durante el trayecto entre el lugar de trabajo y su domicilio o viceversa, “sin interrupciones ni desviaciones voluntarias o evitables, dentro del horario habitual”. ruta y horario”.
El accidente en el viaje, también llamado “In itinere”, se investiga para verificar que los argumentos presentados por el accidentado sean validados o no.
Idoppril es la entidad encargada de realizar esta investigación y garantizar las prestaciones y dinero relacionados con los seguros de riesgos laborales, como consecuencia de accidentes de trabajo, que incluyen accidentes de tránsito y enfermedades profesionales.
Agresiones y balas perdidas
Se clasifican como accidentes de trayecto las balas perdidas y las agresiones que afectan a los trabajadores cuando se dirigen o regresan a sus lugares de trabajo.
En el artículo 3 donde establece las definiciones, la letra J establece “Contingencias en el Viaje: Es cualquier hecho imprevisto e involuntario que cause una lesión o condición morbosa durante el viaje o desplazamiento del trabajador entre el domicilio y el trabajo, o viceversa, como por ejemplo: caídas, robos o asaltos, balas perdidas, colisiones con vehículos de motor, mordeduras de animales, impactos de objetos y/o cualquier lesión como consecuencia de un evento que demuestre estar relacionado con un riesgo inherente al viaje”.
Aquí también define los accidentes resultantes de fenómenos naturales. “Accidentes por Fuerza Mayor: Son accidentes de tránsito provocados por fenómenos de carácter no previsible o previsible que no tienen relación con el trayecto en el momento del accidente, tales como huracanes, terremotos, maremotos, rayos, etc.”
La normativa también indica que si el trabajador sufre un accidente al ir a almorzar, dentro del horario establecido, es accidente de trabajo.
“i) Comedor: Lugar donde el trabajador acude a almorzar o ingerir alimentos. En estos casos, el accidente de trayecto deberá producirse cuando el trabajador resulte afectado durante el horario preestablecido por la empresa para el almuerzo.”
¿Quién tiene el derecho?
Los trabajadores que resulten lesionados en un accidente en su trayecto habitual o desde el lugar de trabajo, ya sea a pie o en cualquier tipo de transporte, tienen derecho a las prestaciones previstas para accidentes en ruta, según establece la normativa.
Según el art. 187 de la Ley 87-01, no se negará atención médica a los trabajadores lesionados en viaje cuyo empleador no esté afiliado al SDSS y/o no esté al corriente de sus aportes.
No violar el semáforo rojo para poder denunciar
Para tener cobertura de salud, beneficios y pensiones, el afiliado debe cumplir con deberes, como no violar semáforos en rojo o cometer otras imprudencias.
Contar con todos los documentos legales que le habiliten para conducir un vehículo de motor, en caso de que el accidente haya ocurrido mientras viajaba en el vehículo.
Él o un familiar también deberá denunciar el accidente en el trayecto a la Policía Nacional y disponer de todos los documentos legales que le habiliten para conducir un vehículo a motor, en el caso de que sea él quien conduzca el vehículo, y remitirlo al Idoppril el Originales de la documentación que acredite el accidente en el camino ocurrido.
Idoppril desembolsó más de cuatro mil millones en cuatro años
En una investigación realizada por Listín Diario, cuyos informes fueron brindados por Idoppril, de 2020 a julio de 2024, la entidad desembolsó RD$4,355,801,558.66 para asistencia médica y subsidios a 51,409 trabajadores que tuvieron accidentes en el camino hacia y desde sus lugares de trabajo.
Estos trabajadores realizaron 413.254 solicitudes de subsidios y pagos de gastos médicos. Estos se distribuyeron de la siguiente manera: gastos médicos RD$2,539,460,053.42 y subsidios RD$1,816,341,505.23.
Gastos funerarios y pensiones
Debido a la muerte de 516 trabajadores en el camino hacia y desde sus puestos de trabajo, Idoppril cubrió gastos funerarios por RD$51,337,721.69, entre 2021-2024.
Idoppril pagó mil 697 pensiones de sobrevivencia, orfandad, viudedad y un pago único por RD$183,842,076.71 del 2020 al 2024.
En esos casi cuatro años, más de tres mil peatones resultaron heridos camino al trabajo, de los cuales 29.999 fueron en motocicletas; 3.254 peatones; había 1.953 autobuses; 2.799 coches; 932 vehículos de carga y 849 jeepetas y otros medios de transporte.